Lo entregó a agentes de Seguridad
Ciudadana de Trujillo, quienes lo pusieron a disposición de la Comisaría La
Noria.
En lo que podría ser considerado como uno de los primeros casos conocidos de arresto ciudadano, un comerciante ha atrapado a un sujeto que momentos antes había sustraído de su almacén tres colchones, y lo entregó a los policías locales y nacionales del servicio de patrullaje integrado preventivo de Seguridad Ciudadana de Trujillo, quienes posteriormente lo pusieron a disposición de Policía Nacional de la Comisaría La Noria.
Según un informe alcanzado al gerente de
Seguridad Ciudadana y Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Trujillo,
David Figueroa Armas, el hecho ha sucedido en la calle Putumayo, de la
urbanización El Molino, a donde llegaron los agentes policiales, alertados por
su central de emergencia, para prestar apoyo a uno de los vecinos.
En el lugar, el comerciante,
identificado como Ruperto López Mesías, de 50 años de edad, denunció a un
hombre, al que tenía sujeto por el brazo, de haber ingresado por el techo a su
almacén, ubicado en el predio 299 de la misma calle, y sustraído 3 colchones de
su propiedad.
Añadió que al darse cuenta del ingreso y
robo a su local, salió a la calle y logró divisar a pocos metros a un individuo
que esperaba movilidad para llevarse los colchones, por lo que lo alcanzó para
reclamarle su actitud y exigirle que devuelva lo hurtado; ante la negativa de
este, procedió a sujetarlo del brazo para impedir su huida.
Por suerte para el comerciante, en ese
momento llegaron los uniformados, a bordo de una patrullero de Seguridad
Ciudadana de Trujillo, quienes constataron el hurto, recibieron al ladrón, que
manifestó llamarse Renzo William Gamboa Gutiérrez (40), sin DNI a la vista,
domiciliado en la calle Ucayali 436, urbanización El Molino, y lo llevaron a la
Comisaría La Noria para ponerlo a disposición de la Policía Nacional, que ha
quedado a cargo de la diligencias correspondientes.
LEY
DE ARRESTO CIUDADANO
Como se sabe, desde julio del 2009 toda
persona puede proceder al arresto de cualquier sujeto en caso de flagrante
delito, al amparo de la Ley Nº 29372 que modifica los artículos 259 y 260 del
nuevo Código Procesal Penal, referidos precisamente al arresto ciudadano y a la
detención sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante delito.
El artículo 260 precisa que toda persona
también podrá proceder al arresto en estado de flagrancia delictiva. Agrega
que, en esa circunstancia, deberá entregar en forma inmediata a la Policía más
cercana, al arrestado y las cosas que constituyan el cuerpo del delito.
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